Estás pensando en comprar una vivienda y tienes dudas sobre que impuestos tienes que pagar, en Chrysol podemos asesorarte.

Las viviendas de obra nueva tributan por IVA (10%) pero una vivienda de segunda mano tributa por ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales) que generalmente es también un 10% pero atención porque si estás en alguno de estos casos puedes beneficiarte de una reducción y pagar menos.

  1. Familias numerosas. Transmisión de un inmueble que tenga que constituir la vivienda habitual de una familia numerosa: 5,00%. Requisitos:
  1. El sujeto pasivo tiene que ser miembro de una familia numerosa. Es familia numerosa aquélla que tiene tres o más hijos, o bien aquélla que tiene dos hijos y al menos uno de ellos tiene una disminución o está incapacitado para el trabajo.
  2. La suma de las bases imponibles totales, menos los mínimos personales y familiares, de los miembros de la unidad familiar en el impuesto sobre la renta de las personas físicas no tiene que exceder de 30.000 euros. Esta cantidad se tiene que incrementar en 12.000 euros más por cada hijo que supere el número de hijos que la legislación vigente exige para tener la condición de familia numerosa.
  1. Menores de 32 años. Transmisión de un inmueble que tenga que constituir la vivienda habitual de un joven: 5,00%. Requisitos:
    • El contribuyente debe tener 32 años o menos.
    • Su base imponible total, menos el mínimo personal y familiar, en su última declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas no puede exceder los 30.000 euros.
  1. Transmisión de un inmueble que tenga que constituir la vivienda habitual de una persona con disminución física, psíquica o sensorial: 5,00%. Requisitos:
    • El grado de minusvalía tiene que ser igual o superior al 65%.
    • La suma de las bases imponibles totales, menos los mínimos personales y familiares, de los miembros de la unidad familiar a los efectos del impuesto sobre la renta de las personas físicas no puede exceder los 30.000 euros.
    • La circunstancia de minusvalía tiene que concurrir en el contribuyente o en alguno de los miembros de su unidad familiar.
    • Se tiene que acreditar la minusvalidez alegada y su grado mediante un certificado del ICASS. También se tiene que acreditar documentalmente las rentas de la unidad familiar.
  1. Familias monoparentales. Adquisición de vivienda habitual por familias monoparentales: 5,00%. Requisitos:
  1. El sujeto pasivo debe ser miembro de la familia monoparental.
  2. La suma de las bases imponibles totales, menos los mínimos personales y familiares, correspondientes a los miembros de la familia monoparental en la última declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas no debe exceder los 30.000 euros. Esta cantidad se incrementa en 12.000 euros por cada hijo que exceda del número de hijos que la legislación vigente exige como mínimo para que una familia tenga la condición legal de familia monoparental de categoría especial.
  3. Son familias monoparentales las que se ajustan a las determinaciones de la normativa de desarrollo de la Ley 18/2003, de 4 de julio, de apoyo a las familias.

Desde Chrysol podemos ayudarte no solo a comprar o vender tu piso sino también asesorarte durante todo el proceso tanto legal, como técnica y comercialmente.

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